Consensos

Consejo y Capítulo Directivo de CONSENSOS CLÍNICOS SIBEN

Todos los Consejeros y todos los integrantes de Capítulo Directivo y Comisiones y Miembros de Consenso anual deben dar confirmación que han leído y están familiarizados con el Código de Ética de SIBEN.

Todos los Consejeros y todos los integrantes de Capítulo Directivo deben dar confirmación que han leído y están familiarizados con el documento a continuación y que aceptan funcionar bajo este marco de referencia.

Todos los Consejeros y todos los integrantes de Capítulos Directivos y Comisiones y todos los que reciban patrocinio y/o auspicio de SIBEN deben además ser Miembros Activos de SIBEN.

Consejeros. Funciones, expectativas y responsabilidades

• Los Consejeros tienen que difundir  en cada oportunidad que se presente la Misión de SIBEN con el objetivo de convocar a la mayor cantidad posible de  profesionales para que sean miembros de SIBEN, así como estimular su asistencia a eventos científicos y educativos de SIBEN.

• Los Consejeros participan en la toma de decisiones sobre el desarrollo de los proyectos y actividades que CONSENSOS CLÍNICOS SIBEN desarrollará dentro de SIBEN.

• Los Consejeros tienen la responsabilidad de presentar planes de acción y proyectos a corto, mediano y largo plazo.

• Para cada plan deben existir objetivos, metas y plazos, para que se produzcan hechos concretos dentro de los plazos establecidos. 

• Los Consejeros tienen la responsabilidad de llevar adelante los Consensos con participación amplia, pero con efectividad en los logros.

• Los Consejeros tienen la responsabilidad de hacer cumplir todos los pasos descritos específicamente en otro documento (elaborado previamente por Dres. Lemus, Golombek y Sola) para el funcionamiento de los Consensos 

• Los Consejeros (y su Capítulo Directivo) tienen la obligación de verificar que los miembros participantes en cada Consenso cumplan con sus  responsabilidades y obligaciones.

• Los Consejeros deben estimular la participación dentro del grupo y subgrupos de CONSENSOS CLÍNICOS SIBEN.

• Los Consejeros deben evaluar en forma objetiva la participación y colaboración de los miembros participantes en cada CONSENSO CLÍNICO SIBEN.

• Los Consejeros deben revisar en detalle todo material que se considere para publicación por CONSENSOS CLÍNICOS SIBEN.  Solo podrá ser realizada la publicación a nombre de SIBEN si se ha aprobado por la junta directiva el escrito final preparado por los Consejeros y quienes ellos soliciten.

• Los Consejeros son responsables de actualizar informes para la página web cada 3-6-9-12 meses según corresponda.

• Los Consejeros son responsables de presentar un informe anual en la Asamblea de SIBEN.

• Los Consejeros deben comunicar a la Junta Directiva periódicamente los avances en el trabajo del grupo de CONSENSOS y trabajar con la junta los polos de desarrollo posibles que fortalezcan el trabajo y logros de CONSENSOS CLÍNICOS.

• En el periodo 2014-2016 los Consejeros funcionan en directa relación con la Secretaria del Consejo y el Presidente Electo de la Junta de SIBEN para apoyo, colaboración y asesoría. Una vez finalizado ese periodo se decidirá en conjunto como continuar.

• Los Consejeros son los responsables ante la Junta de los logros y acciones de CONSENSOS SIBEN, NO los integrantes de Capítulo Directivo.

• Los Consejeros son responsables de garantizar que cada uno de los miembros de un Consenso haya firmado los acuerdos necesarios y la confidencialidad.

• Los Consejeros no tolerarán plagio realizado por ninguno de los integrantes de los Grupos de Consenso.

• Los Consejeros no tolerarán  “autores fantasmas”

• Todos los consejeros en cada área, incluyendo esta área de CONSENSOS, (igual que los integrantes de la Junta de SIBEN y los administrativos), tendrán una evaluación cada 6-12 meses realizada en forma objetiva por la sección de Recursos Humanos de SIBEN que comenzará sus funciones en enero 2015. Dentro de los puntos de evaluación se incluirá, entre otros puntos, lo siguiente: a) Ética. b) Logros: cumplimiento en plazo de objetivos y de propuestas y proyectos presentados. c) Colaboración con otros, educación a otros. d) Comunicación e información a tiempo. e) Compromiso con la difusión de la misión y tarea de SIBEN.   

• Los integrantes de Capítulos Directivos y los miembros participantes de cada Consenso serán evaluados por los Consejeros del área y NO por la Junta. 

• Los Consejeros podrán recomendar sanciones a los miembros del Capítulo Directivo de CONSENSOS SIBEN y a los miembros participantes de cada Consenso (incluyendo cese de funciones) si incurren en faltas como no cumplir con tareas asumidas o no cumplir con plazos previamente pactados y establecidos, o por realizar acciones contra los reglamentos y estatutos de la ética, la moral y las buenas costumbres de SIBEN que perjudiquen a la gestión de CONSENSOS CLÍNICOS SIBEN, a la Sociedad o a sus miembros.

• En relación a Presupuesto: Se solicita a Consejeros que presenten a la Junta un presupuesto estimado para los 12 meses. La Junta evalúa y responde. Los gastos serán debidamente justificados y demostrados con facturas o recibos oficiales según corresponda. Cualquier fondo asignado que no se utilice en el período correspondiente no será pasable al año siguiente salvo que sea específicamente aprobado con anterioridad.